martes, 17 de febrero de 2015


EL TERCER ELEMENTO DE EXISTENCIA….



Este es un contrato donde podemos encontrar todos los elementos esenciales, para que se pueda llevar a cabo el matrimonio  necesita existir una relación jurídica evidente entre dos sujetos también podemos encontrar de manera expresa la voluntad de manera escrita para que se pueda a llevar a cabo dicha ceremonia, cuenta con todos los requisitos de existencia necesarios  , pero el matrimonio , el testamento y el reconocimiento de un hijo deben de contar con un tercer elemento de existencia como lo es la Solemnidad,
Rafael Rojina Villegas nos define SOLEMNIDAD como actos que cuentan con una formalidad especial y por escrito, otorgándose por escrito ante un funcionario determinado, bajo la sanción de inexistencia si no se cumple.

En el caso del matrimonio nos encontramos ante un consentimiento expreso ya que como nos menciona el artículo 969 de nuestro Código Civil.- Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito……….
En esta ocasión se hace de manera escrita y verbal.
 Escrita al firmar y verbal cuando das el “SI ACEPTO” ya que para que exista un consentimiento primero se debe de dar:
JUEZ DEL REGISTRO CIVIL





MATRIMONIO:


BIBLIOGRAFIA:
CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE MICHOACÁN

Rojina Villegas Rafael, Compendio de derecho civil, Teoría general de las obligaciones. México, Porrúa, 2011.

1 comentario:

  1. Saludos equipo de El Rincón de las Obligaciones, reciban un cordial saludo a nombre de Lawggers.
    Su artículo es muy didáctico pues nos recuerda un elemento que es poco común en el derecho, La Solemnidad. Elemento que casi todos los estudiantes ligan al matrimonio, pero ustedes nos hacen recordar muy bien que también es necesario en el reconocimiento de los hijos y al celebrarse un testamento público cerrado. ¿Es esto así (lo del testamento)?

    Felicidades por su blog donde siempre encontramos artículos de valor.
    Saludos a nombre del equipo Lawggers.

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