El desarrollo del capitalismo y
la consecuente masificación de la producción y el consumo, determinaron un
cambio en la manera de contratar. No era posible para las grandes empresas
formalizar contratos singulares con cada uno de sus clientes, la concentración
del poder económico les permite adoptar una posición dominante en las
relaciones negóciales así como un criterio de racionalización y de organización
empresarial conduce a la imposición de contratos "tipo" previamente redactados. Así
nace la contratación en masa.
Aquí en éstos contratos existe un contrato ya
adaptado englobando;
- masa
- adhesión
- condiciones generales de contratación.
Propiamente sí es un contrato, pero no en esencia como otros donde si existe la
negociación entre las partes. El consumidor solo se apega a lo que le han
ofrecido, no hay tratos preliminares, por lo consiguiente sin suprimir al consentimiento éstos contratos logran alcanzar un acuerdo contractual muy rápidamente logrando una reducción en los costos de transacción y potencializando la eficiencia y eficacia de la negociación.
Esta figura sólo es una adhesión de un contrato principal. No se sigue la estructura normal
del contrato ( fase de negociación, fase de perfección, fase de consumación). Y aunque la formación del contrato se separe de la teoría de los contratos, éste no deja de ser un contrato en sí ya que solo basta que una de las partes lo elabore y la otra este de acuerdo con dicha voluntad.
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